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TARJETAS, LÍNEAS DE CRÉDITO Y PRÉSTAMOS REVOLVING.

¿Qué son las tarjetas y préstamos revolving?
Las tarjetas y préstamos revolving son una modalidad de tarjetas de crédito / líneas de crédito / préstamos, que permiten a su titular disponer de una suma limitada de dinero y fraccionar en cuotas la devolución del dinero dispuesto. En el caso de las tarjetas, al cliente le dan una tarjeta física y con ella puede hacer pagos y sacar dinero hasta el límite disponible concedido por la entidad (que puede incluso llegar a rondar los 10.000 €). En el caso de los préstamos y líneas revolving estas disposiciones normalmente son telefónicas o por internet. Una vez superado el límite no puede disponer de más dinero, pero a medida que devuelva la cantidad prestada recuperará el crédito disponible.
Estas modalidades de pago y financiación se ofrecen mediante una nutrida red comercial que operan telefónicamente, mediante visitas a domicilios, en gasolineras, aeropuertos, centros comerciales y de ocio), y utilizan agresivas campañas. Igualmente se ofrecen por importantes cadenas de hipermercados y por empresas de grandes superficies, y por supuesto, por muchos bancos.
Sorprende la facilidad con la que se tiene acceso a pequeñas cantidades de dinero (a veces basta con dar el DNI), lo cual ha motivado que numerosas familias vean gravemente comprometida su economía a la vista de las consecuencias tan negativas (y desconocidas) que este tipo de financiación revolving puede tener en la economía doméstica y en general.
 
¿Cuál es el problema con las tarjetas y préstamos revolving?
El problema de este tipo de tarjetas y préstamos revolving reside en los altísimos intereses que las entidades emisoras cobran a sus clientes (entre el 20% y 30% normalmente), muy superiores a los de cualquier préstamo personal. Una vez solicitadas, si el titular de la tarjeta o préstamo opta por devolver el capital dispuesto en pagos fraccionados puede quedar «cautivo», pagando cuotas en las cuales casi todo es interés, y eternizarse en la devolución del dinero dispuesto.
Aparentemente la ventaja es esto, que el cliente puede fraccionar el capital dispuesto, como si fuera un préstamo personal, y decidir qué cuota paga al mes (con un mínimo que suele ser el 3% de la suma dispuesta). Sin embargo esa cuota, comprensiva de capital y de intereses, en la práctica es casi todo interés (sobretodo cuanto más pequeña sea mayor será la proporción de interés), de manera que el prestatario no consigue ponerse al día nunca a corto plazo en el préstamo mediante el pago de las cuotas, pagando a la larga muchísimo dinero en intereses, y prolongando la duración del préstamo mucho más de lo deseado.
Esto genera una situación sumamente angustiosa para el consumidor, puesto que no sabe en qué situación real se halla su préstamo, ni cuánto ha pagado por principal e intereses. Esta situación se agrava por el hecho de que en muchas ocasiones la entidad de manera unilateral aumenta el límite disponible del crédito, lo cual, además de confundir al cliente, le acaba perjudicando ya que acaba usando esa cantidad extra de crédito para pagar las cuotas de la tarjeta o del préstamo o línea de crédito, cada vez mayores.
A lo anterior habría que añadir que se usa un sistema de cálculo de las cuotas por el que se capitalizan los intereses (anatocismo), que aumenta por tanto las cuotas, y las numerosas comisiones aplicables (por reclamación de posiciones deudoras, exceso de dispuesto, iniciar el pago fraccionado, etc.).
El resultado de todo lo anterior es que a pesar de haberse solicitado inicialmente una pequeña cantidad, se acabe pagando mucho más por el prestatario, sin saber además cual es el horizonte temporal de pagos con la tarjeta préstamo o línea de crédito revolving, que en realidad es mucho más largo del que pudo pensar a priori.
 
¿Qué solución tiene?
En el caso de las tarjetas revolving, se han dictado muy recientemente (en enero de 2025) dos sentencias del Pleno de la Sala de lo Civil  del Tribunal Supremo, muy favorables a los consumidores, que anulan por falta de transparencia y abusividad los altísimos intereses aplicados.
Igualmente, y con relacional a las tarjetas revolving,  ha dictado muy recientemente otra Sentencia el Tribunal Supremo (Sentencia 257/2026, de 17 de febrero), en la cual se estima una demanda colectiva de una asociación, y se anula la cláusula de interés revolving de una tarjeta Carrefour Pass por falta de transparencia. Esta Sentencia ha consolidado los criterios ya fijados con relación a la transparencia del interés en las tarjetas revolving, abriendo el camino a la impugnación de aquellos contratos que no cumplan con los requisitos de transparencia recopilados por el Alto Tribunal, requisitos que son muy exigentes de carra a las entidades de crédito, y que claramente favorecen al consumidor.
En cuanto a los préstamos, la jurisprudencia del Tribunal Supremo se interpreta mayoritariamente por los Juzgados y Audiencias Provinciales en que son usurarios cuando el interés pactado es de más del doble que el publicado por el Banco de España para los préstamos al consumo (en los últimos años no ha pasado del 8%). Además, también se pueden impugnar por abusividad -entre otras- cláusulas como la de el interés remuneratorio en estos casos.
En la actualidad resulta complicado que de modo amistoso la entidad prestamista – o emisora de las tarjetas- resarza el perjuicio ocasionado con estos productos y se avenga a un acuerdo, con lo cual, se puede decir que el único remedio infalible a día de hoy para obtener el pleno resarcimiento del perjuicio ocasionado es la litigación.
 
¿Cuáles son las consecuencias de la anulación de estas tarjetas, préstamos y líneas de crédito?
Las consecuencias de la declaración de nulidad del préstamo o tarjeta son la devolución del prestatario de la cantidad recibida por principal (esto es, sin intereses ni comisiones). Por su parte la entidad deberá de descontar las cantidades recibidas por cualquier concepto, y si las cantidades recibidas exceden el principal, deberán de abonarlas con interés al prestatario.
En el caso de anularse por abusividad cláusulas como la de interés remuneratorio, seguro y comisiones, en principio la consecuencia es que la entidad devuelva estas cantidades, más el interés legal. Manteniéndose el contrato en vigor en las demás cláusulas (y por lo tanto sin que haya que pagarse nada en ese momento a la entidad). No obstante, existe una tendencia importante de los Juzgados y Tribunales a anular todo el contrato y darle los mismos efectos que la anulación por usura, descritas en el párrafo anterior.
 
¿Qué documentación me hace falta para reclamar?
En este tipo de préstamos no suele existir el contrato de préstamo en sí. Normalmente lo único que se firma es el documento de suscripción de la tarjeta o préstamo (cuando se firma, ya que muchas veces se solicita verbalmente), que contiene un reglamento con la condiciones económicas de la tarjeta o préstamo a letra minúscula en su reverso (a veces el reglamento está en documento separado y a veces ni tan siquiera existe). Así, lo más práctico será facilitar a su Letrado dichos documento, junto con todos los recibos posibles de la tarjeta o del préstamo o línea de crédito.
A la vista de la cantidad de pleitos a los que se están viendo sometidos las entidades de crédito con relación a las tarjetas y préstamos revolving, y financiación usuraria en general, muchas entidades están optando por no facilitar ninguna documentación a los titulares de sus tarjetas y préstamos, negándoles el acceso a los documentos de suscripción, reglamentos y recibos de la tarjeta. Esto no impide que usted pueda reclamar su tarjeta, préstamo o línea de crédito revolving y / o usuraria, y quedar resarcido íntegramente en sus pretensiones. En este caso basta con analizar una mínima documentación inicial (algún recibo) para valorar la viabilidad de la reclamación.
 
¿Tiene mucho riesgo reclamar judicialmente?
Actualmente existe una sólida jurisprudencia del Tribunal Supremo, por lo que se puede reclamar sin apenas riesgo, previo estudio pormenorizado del caso concreto.
Por lo tanto, es muy importante recurrir a un especialista que no sólo conozca a fondo la materia y analice su caso concreto, y le informe de las posibilidades que tiene y consecuencias económicas de su reclamación. Igualmente resulta de gran importancia recurrir a profesionales conocedores del criterio local de los Juzgados y Tribunales en cuya sede va a emprender acciones locales, ya que puede variar en función de la población.
Es por eso muy importante recurrir a auténticos especialistas en Derecho Bancario para que le asesoren sobre su caso en concreto, y sus posibilidades de reclamación. En Gavia Legal somos expertos en esta materia, y hemos sido pioneros en la reclamación de tarjetas revolving, préstamos y líneas de crédito revolving y usurarios (sobretodo en la provincia de Sevilla) y en el resto del territorio nacional, con muchas sentencias favorables y un altísimo y contrastado historial de reclamaciones exitosas.
 
¿Por qué Gavia Legal?
A menudo la gente que tiene este tipo de producto no sabe qué hacer y a quién recurrir, empeorando muchas veces su situación por refinanciar las deudas por este tipo de productos.
Realmente, si se quiere obtener el 100% de los efectos de la nulidad, la solución en estos casos pasa por recurrir a la vía judicial, que es donde puede lograr de manera definitiva la anulación de estas tarjetas y préstamos sin pagar ni un céntimo de más, y que en su caso le devuelvan lo cobrado de más, con todas las garantías. No obstante en determinados casos también se alcanzan acuerdos satisfactorios, si bien es altamente recomendable negociarlos asistidos por un profesional cualificado en la materia, pues a menudo las entidades financieras se aprovechan de la falta de documentación y de formación financiera de los clientes para ofrecerles mucho menos de lo que les corresponde.

En Gavia Legal somos auténticos Abogados especialistas en Derecho Bancario, conocemos profundamente este tipo de productos y sabemos cómo hacer valer sus derechos en sede judicial, para que usted pueda afrontar su impugnación con las máximas garantías. Ya tenemos muchas sentencias de tarjetas revolving ganadas a todo tipo de entidades (así, a modo de ejemplo, de reclamaciones a Wizink (tarjetas de Citibank, Barclays, Banco Popular, Global Bonus), Visa Classic de Caixabank y Banco Santander, tarjeta Visa & Go de BBVA, tarjetas Carrefour Pass, BBVA Affinity Card, Iberia Plus, Oney, Cetelem, Cofidis, entre otras, así como préstamos y lineas de crédito revolving y / o usurarios).

Por nuestra parte, previo estudio de la viabilidad de su asunto,  le brindaremos una fórmula económica básicamente a éxito que le hará muy liviana su reclamación.
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