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DESPEJE SUS DUDAS
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[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]La segunda oportunidad es un procedimiento novedoso introducido por una reforma en la Ley Concursal operada en 2015. Mediante este mecanismo se permite que los deudores que cumplan determinados requisitos básicos puedan acceder una renegociación muy ventajosa y global de todas sus deudas con sus acreedores, e incluso lograr la exoneración total de las mismas, manteniendo el deudor su fuente de ingresos durante todo el proceso.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]El objetivo de la segunda oportunidad es sacar al deudor de su situación de asfixia financiera, bien reduciendo y fraccionando la deuda global de manera que pueda afrontar su pago, bien exonerándola completamente.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Si bien también la pueden solicitar personas jurídicas, la segunda oportunidad está pensada básicamente para las personas físicas. La pueden solicitar tanto las personas físicas solteras como casadas, o con pareja de hecho, cualesquiera que sea su situación: empresarios, autónomos, trabajadores por cuenta ajena y parados.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Lo único que se exige es que tengan más de un acreedor, que no tengan antecedentes penales, y que no hayan estado en concurso de acreedores en los últimos cinco años.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Después de algunos trámites -que dependen de la situación del deudor- la segunda oportunidad se inicia mediante un requerimiento a los acreedores del deudor en el cual se propone una quita y un fraccionamiento de las deudas del mismo. En función de la situación del deudor la quita (reducción de la deuda) puede llegar hasta el 100% de las deudas del deudor.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Una vez comenzada la tramitación de la segunda oportunidad se paralizarán el devengo de los intereses de las deudas, los procedimientos que los acreedores tengan contra el deudor, y el pago y exigibilidad de las deudas. [/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Hecho este requerimiento, si el mismo es aceptado por los acreedores, se homologará, y el deudor comenzará a darle cumplimiento. Si no hay acuerdo de los acreedores se comenzará lo que se denomina el «concurso consecutivo», en el cual se liquidarán los bienes del deudor, y con lo que resulte de pagará a los acreedores, eximiéndose al deudor el pago del resto de las deudas. [/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Para que los honorarios de los profesionales intervinientes en el mecanismo de segunda oportunidad (notarios, mediadores y procuradores) no sea un impedimento para su aplicación, el legislador ha introducido fuertes reducciones en la tarifa de los mismos, haciendo liviano económicamente el acceso a este mecanismo.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Por nuestra parte cobraremos unos honorarios muy ajustados y nos procuraremos adaptar a su situación, para facilitarse el acceso y tramitación de su segunda oportunidad.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]No. En determinadas ocasiones se pueden conseguir resultados óptimos mediante otro tipo de soluciones previstas por la Ley. Para esto es necesario que su situación sea analizada por auténticos expertos que le asesoren cual es la mejor salida para su situación.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]En Gavia Legal tenemos experiencia en todos los campos del tratamiento de las insolvencias y del Derecho Bancario, por lo que sin duda le podremos ofrecer la solución más acertada para su caso concreto.[/gfont]
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[gfont font=»Roboto+Condensed» size=»30px» color=»#ffffff» textalign=»center»]¿POR QUÉ GAVIA LEGAL?[/gfont][gap height=»40″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Somos Abogados especialistas en Tratamiento de la Insolvencia y Derecho Bancario, sabemos lo que hacemos.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Estamos en SEVILLA. Le recibiremos personalmente si lo desea, y le estudiaremos su caso gratuitamente y de manera personalizada.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Ajustamos nuestros honorarios a su situación, haciendo muy liviana la tramitación de su segunda oportunidad.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Le informaremos personal y puntualmente de todos los hitos de su procedimiento.[/gfont]
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¿CÓMO FUNCIONA?
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[actionbox style=»style3″ title=»Uno» sub_text=»Rellene al formulario de contacto de más abajo, llámenos por teléfono al 954 62 15 89, o escríbanos a info@gavialegal.es, y nos pondremos en contacto con usted inmediatamente.» icon=»pencil»]
[actionbox style=»style3″ title=»Dos» sub_text=»Le haremos un estudio completamente gratuito sobre la viabilidad de su asunto y de si es posible la segunda oportunidad, u otra solución alternativa.» icon=»cogs»]
[actionbox style=»style3″ title=»Tres» sub_text=»Se firma una hoja de encargo y nos ponemos a trabajar inmediatamente en su segunda oportunidad, hasta culminar la misma con éxito.» icon=»thumbs-up»]
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