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[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Como ya es conocido, en junio de 2017 se aplicó por primera vez en Europa un mecanismo desconocido por la inmensa mayoría de los inversores: el Mecanismo Único de Resolución (MUR), mecanismo que fue aplicado a raíz de la comunicación del Banco Central Europeo a un órgano europeo denominado Junta Única de Resolución, que acordó la aplicación de dicho mecanismo, lo que terminó culminando con la amortización de las acciones de Banco Popular, y con la pérdida de los accionistas, bonistas y titulares de obligaciones subordinadas de toda su inversión. En el mismo proceso se produjo la compra por un euro de Banco Popular por parte de Banco Santander, quien posteriormente ha acabado absorbiendo a aquélla.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Actualmente puede reclamar a Banco Santander, S.A. todo el que haya perdido toda su inversión en Banco Popular Español, S.A. a raíz de la aplicación del Mecanismo Único de Resolución (MUR) a ésta última, en junio de 2017.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Los afectados que pueden reclamar son los titulares de acciones (se ha ampliado el espectro también a los que compraron antes de la ampliación de junio de 2016), bonos convertibles, obligaciones subordinadas y preferentes de Banco Popular.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Banco Santander, S.A. es la sucesora a todos los efectos de Banco Popular Español, S.A. Antes de la aplicación del Mecanismo Único de Resolución (MUR) se pusieron de manifiesto por Banco Popular (en un Hecho Relevante de fecha 3 de abril de 2017) graves distorsiones contables atinentes a las cuentas de 2016 de Banco Popular, distorsiones que son el reflejo de graves irregularidades de la entidad que se remontan al menos al año 2012, y que afectarían a las ampliaciones de capital de 2012 y de 2016.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Esto dio pie a que inicialmente se interpusieran recursos a nivel europeo frente a la resolución que aplicó el MUR, así como una querella criminal frente a la cúpula de Banco Popular. No obstante, en la práctica, donde se está obteniendo el resarcimiento pleno de los intereses de los afectados es a través de los procedimientos judiciales civiles, previa tramitación de las pertinentes demandas civiles individuales.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]A medida que se van tramitando procedimientos civiles y las querellas criminales van apareciendo documentos de suma relevancia, como es el caso de un informe de la CNMV de fecha 23 de mayo de 2018, donde literalmente se dice que las cuentas de 2016 de Banco Popular no reflejan la imagen fiel de la entidad. Más recientemente se ha incorporado a una de las causas penales un informe de los peritos de Banco de España de fecha 8 de abril de 2019, en el cual se confirma que Banco Popular llevaba graves irregularidades contables desde al menos 2012.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Lo anterior permite que a día de hoy los afectados puedan reclamar con garantías la recuperación de su inversión, toda vez que las irregularidades cometidas por Banco Popular abren la puerta a distintas acciones civiles, como vicio en el consentimiento o daños y perjuicios.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Actualmente la manera por la que se está logrando resarcir el 100% de los intereses de los afectados es a través de los procedimientos judiciales civiles, en los cuales los Juzgados y Tribunales de todo el territorio nacional están dando la razón a los afectados sistemáticamente, recuperando éstos toda su inversión.[/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]No obstante es imprescindible ir asistido de Letrados y Peritos altamente cualificados en esta materia, dada su complejidad, y el flujo constante de sentencias, noticias y documentación que existen sobre las reclamaciones a Banco Popular (hoy día Banco Santander).[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Depende de su caso, pero la regla general son cuatro años desde que se «consuma» la compra o suscripción de la inversión de que se trate (en el caso de las acciones es con la compra o suscripción, en el resto de los casos normalmente son contratos que no se llegaron a consumar y que se interrumpieron con la resolución de Banco Popular, en 2017, por lo tanto el plazo se cuenta desde ésta última fecha). [/gfont][gap height=»20″][gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]No obstante, en función de los casos existen otras acciones que aumentan el plazo para reclamar y que se pueden acumular con la acción principal. Es el caso de las acciones por daños y perjuicios por mal asesoramiento (15 o 5 años, según el caso), y de daños y perjuicios por suministrar información falseada por parte del emisor (Banco Popular), a los tres años desde que fueron conocidas estas informaciones falsas.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Básicamente lo que necesitamos es algún documento donde se identifique qué inversión hizo y cuando se hizo. El resto de la documentación la podrá obtener fácilmente con nuestra ayuda.[/gfont]
[gfont font=»Raleway» size=»18px» textalign=»justify»]Dada la enorme cantidad de afectados, estos pleitos se llevan en un régimen básicamente a éxito, donde dependiendo del caso, se pide una pequeña provisión de fondos al comienzo (en su caso para cubrir también un informe pericia), cobrándose la mayor parte de los honorarios al acabar el pleito en caso de culminar éste con éxito.[/gfont]
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[gfont font=»Roboto+Condensed» size=»30px» color=»#ffffff» textalign=»center»]¿Por qué GAVIA LEGAL?[/gfont][gap height=»40″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Somos Abogados especialistas en Derecho Bancario, sabemos lo que hacemos.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Trabajamos con los mejores peritos especializados en reclamaciones a Banco Popular, con éxito contrastado.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Estamos en Sevilla. Le recibiremos personalmente si lo desea, y le estudiaremos su caso gratuitamente y de manera personalizada.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Nuestros honorarios son esencialmente a éxito, haciendo muy liviana su reclamación.[/gfont][gap height=»30″][gfont font=»Roboto+Condensed» size=»25px» color=»#ffffff»]> Le informaremos personal y puntualmente de todos los hitos de su procedimiento.[/gfont]
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PASOS A SEGUIR
[actionbox style=»style3″ title=»¿Qué documentación hace falta?» sub_text=»Básicamente el documento de compra o suscripción de la inversión a reclamar. En caso de no tener nada no se preocupe, la reclamamos por usted.» icon=»paper-clip» icon_color=»#008272″]
[actionbox style=»style3″ title=»Contacte con nosotros» sub_text=»Rellene al formulario de contacto de más abajo, llámenos por teléfono al 954 62 15 89, o escríbanos a info@gavialegal.es, y nos pondremos en contacto con usted inmediatamente.» icon=»phone» icon_color=»#008272″]
[actionbox style=»style3″ title=»Le hacemos un estudio gratuito» sub_text=»Le haremos un estudio completamente gratuito sobre la viabilidad de su asunto y le informaremos de nuestras condiciones económicas para tramitarle la reclamación. Por nuestra parte nuestros honorarios se basan en una fórmula de éxito muy asequible.» icon=»hand-down» icon_color=»#008272″]
[actionbox style=»style3″ title=»Tramitamos su reclamación» sub_text=»Por último, conferido el encargo procederemos a tramitar su reclamación por vía judicial. Durante su tramitación le iremos informando de todos los hitos.» icon=»legal» icon_color=»#008272″]
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